Plan de acción conjunta para la integridad del juego 2013
- I. Código de conducta
- Creación y adopción de un código de conducta conjunto para todos los participantes en el fútbol europeo, incluyendo jugadores, entrenadores, árbitros, oficiales y administradores
- Introducción de la prohibición a jugadores, entrenadores, árbitros y oficiales para que, como mínimo, no apuesten en los partidos o en las competiciones que están disputando según lo decidido por los organizadores de las competiciones más relevantes
- Implantación de los procedimientos de denuncia en todas las organizaciones del fútbol
- Implantación de las disposiciones pertinentes sobre el amaño de partidos en los contratos de los jugadores
- II. Programas de educación y prevención
- Campañas de formación en cursos de árbitros y en competiciones juveniles de la UEFA (jugadores, entrenadores y oficials de partidos)
- Proyecto FIFPro ‘Don’t fix it’ (No amañes) – con el respaldo de la Unión Europea
- Proyecto de la EPFL ‘Staying onside’ (Mantenerse en el campo) junto a la DFL y Transparency International – apoyado por la Unión Europea
- Iniciativas de prevención a nivel nacional por las federaciones nacionales
- Más educación a nivel de clubes mediante la ECA y la EPFL
- III. Detección del fraude en apuestas y sistemas de información
- Control continuo de las competiciones europeas, las dos ligas principales y las competiciones de copa de las 53 federaciones miembro de la UEFA
- Control continuo de las competiciones nacionales por los órganos nacionales del fútbol de cada país
- Establecimiento de un sistema de información confidencial y fiable apoyado por todas las partes
- IV. Coordinación y cooperación a través de la red de oficiales de integridad y otras personas dedicadas específicamente a problemas de integridad a nivel nacional
- Integridad de los oficiales en cada federación nacional
- Nombramiento de personas de contacto en cada liga profesional, club de fútbol profesional y unión de jugadores
- Intercambio de buenas prácticas en materia de compartir información relacionada con los datos de las apuestas así como conferencias de forma regular y seminarios con oportunidades de creación de redes para órganos expertos del mundo del fútbol, autoridades públicas o fuerzas policiales
- V. Investigación y enjuiciamiento
- Política de tolerancia cero ante el amaño de partidos
- Cooperación activa con las autoridades públicas
- Definición común de fraude deportivo como una ofensa criminal
- Armonización de las sanciones disciplinarias y deportivas tanto a nivel europeo como nacional
- VI. Contribución de la industria de las apuestas
- Derecho del organizador a recibir una retribución justa en el contexto de las apuestas deportivas como compensación por parte de la industria por la explotación comercial de la competición deportiva
- Acuerdos contractuales y vinculantes con los operadores de apuestas, así como establecimiento de apuestas permitidas
- Prohibición de ofrecer apuestas en competiciones juveniles a nivel nacional y europeo
- Ingresos financieros que se destinarán a la lucha por proteger la integridad del deporte así como apoyar los programas de fútbol base, el desarrollo juvenil o las actividades CSR
- Introducción de normativas sobre apuestas en cooperación con los organismos deportivos