Se acabó el comercializar con jóvenes promesas

Tras la sentencia emitida por la Sala Primera del Tribunal Supremo a favor del futbolista del FC Barcelona, Raúl Baena,  por la que el jugador recibirá una indemnización de de 30.000 euros por parte del club blaugrana, el magistrado también falló a favor del mediocentro considerando que el contrato firmado por 10 años con la entidad catalana es ilícito.

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Tras ingresar en RCD Espanyol, el Barça le reclamaba 3,5 millones de euros en concepto de cláusula penal, pero la sentencia ha determinado que “este tipo de acuerdos con menores debería ser objeto de especial protección por el ordenamiento jurídico, en garantía del principio del interés del menor”.

En este sentido, el responsable del área legal de KPMG Sports, Javier Hervás, ha comentado que “esta decisión supone una ruptura y un cambio de tendencia en los tribunales frente a este tipo de contratos y genera un nuevo marco jurídico, haciendo prevalecer los derechos del menor a decidir sobre su futuro por encima de consideraciones económicas del club”.

Además, Hervás apuesta por dejar de lado los preacuerdos, y empezar a extender los contratos de formación, que se extiendan entre los 12 y los 19 años o entre los 12 y los 16 años, la edad legal con la que pueden firmar un contrato profesional: “Los adolescentes no tienen que enfrentarse a los contratos, al menos hasta los 16 años. Hasta ese momento, los clubes deberían desarrollar un buen plan formativo, que sea atractivo para el jugador y que sirva para retener el talento. En este protocolo de formación, cada club debería establecer con el jugador hitos formativos y cláusulas sucesivas, teniendo en cuenta el valor del jugador y del propio equipo”.