Tratamiento del IVA en los partidos benéficos

El 26 de diciembre de 2012 se celebró en la malagueña localidad de El Palo el llamado “Partido por la vida” organizado por la asociación “La Biznaga Azul”. La recaudación obtenida por el mismo se dedicaría principalmente al tratamiento de la enfermedad degenerativa (atrofia muscular espinal) de la pequeña Idaira Osuna y para una máquina terapéutica necesaria en la Asociación Malagueña de Mujeres Operadas de Cáncer de Mama (Asamma). El encuentro se disputó entre el equipo local, actualmente en segunda B, y un combinado de jugadores del actual CD Málaga reforzado por exjugadores blanquiazules como Alexis Ruano, Apoño o Carlos Aranda. La festiva jornada amenizada por la presencia de famosos y grupos musicales locales, fue un éxito ascendiendo lo recaudado a 18.000 euros.

Sin embargo, una situación inesperada ha empañado el acto. Como explicamos en su día en nuestra web (ver aquí) , las entradas de fútbol están sujetas a IVA, aspecto en que no repararon los organizadores del evento. La consecuencia ha sido que Hacienda ha emitido un requerimiento por el cual le reclama el 21 % de la parte recaudada por la venta de entradas.

Tenemos que recordar que los donativos no están sujetos a IVA ya que no entran dentro del hecho imponible del impuesto. Por tanto, todo hubiera sido más fácil si en lugar de haber expedido entradas, los organizadores hubieran regularizado el acceso a través de donativos, justificados con tickets. Ese es el proceder habitual en cualquiera de los eventos de este tipo que se realizan en nuestro país.

En este punto se enfrentan dos situaciones complejas. Por un lado, es premisa básica del ordenamiento el que la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento y que los formalismos son parte inherente al mundo jurídico en general y tributario en especial. Pero por otro, no lo es menos que lo maravilloso del fin y la ausencia absoluta de lucro por parte de los organizadores exigen (cuando menos moralmente) un tratamiento más delicado y una interpretación más flexible en cuestiones como esta.

Con independencia de ello, lo que es innegable es que por encima de cualquier norma escrita están los denominados principios generales del derecho. Hablamos de equidad, de igualdad o de justicia. Esperando que esto se solucione como todos deseamos, estaremos pendiente a la evolución del caso. 

Barcelona Xavi