La Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA) ha implementado un nuevo reglamento para los agentes de futbolistas y sus fichajes, buscando limitar los honorarios y regular mejor la actividad en el mundo del fútbol. Este cambio fue presentado por Rodrigo García Lucas, socio de Laffer Abogados, durante el séptimo encuentro LaLiga de Derecho del Deporte 2022-2023.
Cambios significativos en los honorarios de los agentes
El principal cambio en el reglamento centra su objetivo en limitar los honorarios de los intermediarios. Anteriormente, la FIFA solo ofrecía recomendaciones en relación a este tema, pero ahora se busca regular de manera más estricta la actividad de los agentes que intervienen en estos tipos de actividades.
Con el nuevo reglamento, los agentes solo podrán cobrar un 5% en traspasos de hasta 200.000 dólares y un 3% en traspasos superiores a 200.000 dólares. Además, se prohíbe el contacto de agentes con jugadores que tengan contrato en vigor hasta dos meses antes de su finalización, buscando evitar la búsqueda de comisiones.
Licencias y exámenes para agentes
La FIFA ha implementado un sistema único de licencias, que será supervisado exclusivamente por el organismo. Para obtener una licencia, los agentes deberán aprobar un examen. El incumplimiento del nuevo reglamento podría llevar a sanciones para los agentes.
El nuevo reglamento también otorga mayores derechos a los futbolistas en cuanto a sus contratos. Los jugadores deberán ser informados de que pueden recibir asesoramiento legal al firmar un contrato. Además, podrán negociar sus contratos sin la necesidad de un agente, y cualquier cláusula que anule este derecho será considerada nula.
Regulaciones para menores de edad
En cuanto a los jugadores menores de edad, la FIFA establece que los agentes no podrán contactar con menores de 16 años. Además, cualquier contacto con jugadores menores de edad deberá ser consentido expresamente por sus padres o tutores legales. Por otro lado, los agentes podrán cobrar comisiones por las ventas de jugadores entre 16 y 18 años.
El nuevo reglamento limita la duración máxima de los contratos a dos años, con posibilidad de prórroga solo mediante una firma. Se declarará nula cualquier renovación automática de contrato, aunque el código civil español sí contempla la renovación tácita.